Ilustración 1: Enfoque restaurativo en
el ámbito educativo (Ministerio de Educación, 2018).
Desde
la visión analítica de las políticas públicas vinculadas a temas de prevención
en seguridad, suele comentarse con frecuencia el fenómeno delictivo, la
violencia y el control social. La verdad es que muchas veces se suele omitir
que, detrás de cada una de las políticas de seguridad hay una visión construida
de los que se entiende por delito, detalles que van desde: quién comete el
delito (el victimario), quién lo sufre (la víctima) y de cómo se debe responder
ante el acto delictivo.
En
cuanto al abordaje de este tipo de problemáticas desde la criminología, no
deben ser abordadas únicamente desde lo legal o policial. Ciertamente se
requiere de una perspectiva crítica, amplia y comprometida con la dificultad
social; por ello, se comprende que la criminología no solo estudia el delito,
como se ha detallado en las entradas del blog con anterioridad, sino que, lo
interpreta como un fenómeno socialmente construido, el cual pasa por
modificaciones desde los factores estructurales, históricos y culturales.
Por
lo tanto, se necesita del cuestionamiento, en tanto, cómo las políticas
públicas han enfrentado dichas problemáticas, ¿han logrado hacerlo desde la
prevención, desde el enfoque únicamente punitivo o desde una visión reparadora?
¿Por qué ciertos temas sociales ingresan a la agenda pública y otro no? O bien,
¿Quién define qué es un problema criminológico y qué no lo es?
v
La
construcción social del delito y la agenda pública
El
delito es más que una acción tipificada y clasificada por la ley y su marco
normativo, es antes que todo, un fenómeno que se construye socialmente. En
palabras más sencillas, lo que una sociedad considera que es un acto delictivo
en un momento determinado, puede que anteriormente no estuviese estipulado así,
o incluso puede no serlo en otro contexto.
Dicha
construcción está meramente influenciada por ciertos factores culturales,
políticos, económicos y mediáticos; donde en varias ocasiones se responde más
al miedo emanado por la sociedad que a la gravedad de los hechos. ¿Por qué
existe tanta importancia en lo mencionado? Porque si el delito se construye
socialmente, entonces, también se selecciona políticamente, sobre qué
problemáticas se visibilizan y cuáles no. Algunos ejemplos, el robo callejero
recibe atención constante, mientras que otros, como la evasión fiscal o la
corrupción de cuello blanco, aunque generan graves daños sociales en muchas
ocasiones son abordados con indulgencia o invisibilizados.
Ante
lo expuesto con anterioridad, el delito no nace automáticamente ni se impone
por naturaleza. Dentro de un contexto en el que el poder, la política, las
leyes y el miedo colectivo, se influyen, analizar al delito desde esta visión
implica reconocer que varias de las conductas criminales no lo son por su
esencia, sino porque la autoridad de poder dentro del Estado decide
tipificarlas y nombrarlas: acciones delictivas o criminales. Por ello, desde
este sentido es vital recordar que:
En consecuencia,
la criminalidad, entendida ella como una definición política y jurídica, haría
parte del segundo componente de la criminología, o sea, de las pautas
comprendidas en las estructuras sociales. Sobre ese segundo componente existe
un acuerdo, más o menos general, en cuanto a que la estructura social de índole
penal es, por excelencia, el control social penal. (Silva García, Vizcaíno
Solano y Ruiz- Rico, 2018, p. 16)
Por
consiguiente, lo detallado permite reflexionar con claridad que lo penal no
solo regula conductas, a la vez ordena el mundo social al decidir quién encaja
y quién debe ser apartado. Por ello la importancia de cuestionar absolutamente
todo; para lograr, desde el pensamiento criminológico comprometido, una
dignidad humana donde se logre llegar más allá de lo que se impone, ya que, si
no se logra adquirir un sentido crítico, se corre el riesgo de construir
políticas públicas que terminan castigando la pobreza, el dolor o la
diferencia, en lugar de buscar soluciones justas y humanas.
Dentro del contexto de las problemáticas criminológicas como objeto de las política pública, la Organización MundoSur desarrolló recientemente NAWI, se trata de una herramientas basada en la inteligencia artificial que permite identificar y analizar casos de femicidios en América Latina, lo cual pone en evidencia la urgencia de políticas públicas con enfoques preventivos y restaurativos. Acá el acceso a la noticia internacional: ELPÁIS_noticiainternacional
Ø
Enfoque
preventivo
La
prevención es parte esencial del objeto de estudio de la criminología y a la
vez es uno de los enfoques fenomenológicos por el que la política pública busca
desarrollar o diseñar algunas políticas públicas. Cuando se hace referencia a
la prevención no solo debe interpretarse como el medio para evitar que ocurra
un delito, debe de visualizarse como la intervención desde las condiciones
estructurales que lo permiten, por ejemplo, la pobreza, exclusión, ausencia de
oportunidades, desconfianza hacia las instituciones del Estado, entre otras.
En
la actualidad se aplican o reconocen tres tipos de prevención. Primera, la
prevención primaria, es aquella que la busca intervenir en ciertos factores
sociales antes de que se dé un problema; segunda, es aquella que se aplica en
el trabajo con poblaciones de riesgo; y la tercera, es la que trabaja por
evitar la reincidencia.
Detalladamente,
generar prevención en materia de política pública no es exclusivamente evitar
que alguien cometa un delito, se trata de reconocer los factores externos e
internos y criminógenos que hacen que la persona cometa una acción delictiva.
Desde este enfoque, las políticas públicas con enfoque preventivo reconocen que
el delito no nace del vacío, nace de contextos que muchas veces han sido
ignorados o incluso, sostenidos por el mismo Estado.
En
conclusión, una política pública preventiva es aquella que verdaderamente se
compromete con la vida, no con la sanción. Es aquella que no espera que suban
los índices de la criminalidad para actuar, que desde el análisis crítico
identifique que no sirve poner más métodos de sanción desde lo punitivo ya que
no abarca el problema de raíz; porque la prevención es un acto de interés
social y, es ahí donde la criminología puede hacer una diferencia real.
§
Enfoque
punitivo
Históricamente,
el enfoque punitivo es el que más se ha utilizado por los Estados alrededor del
mundo. Dicho enfoque se basa en la idea de que el delito solamente puede ser
combatido con generar más control social, sanciones, vigilancia y la creación o
ampliación de más centros penitenciarios.
La
verdad es que algunas políticas públicas buscan un enfoque punitivo, donde en
ocasiones solo se vuelven una herramienta de control. Este tipo de políticas no
buscan hacer la diferencia, ni comprender el sentido de la realidad social,
sino que suman sus fuerzas en contener, vigilar y castigar. Ante lo expuesto se
menciona lo siguiente:
La política
criminal del riesgo pretende realizar un control “autorreferenciado”: un fin en
sí mismo. Como señalé, ya no se busca transformar individuos. Simplemente se
trata de mantener separados a aquellos que son considerados productores de
riesgos y aquellos otros que consumen ese riesgo y “pagan” toda la tecnología
aseguradora. La penalidad ya no busca legitimación; es una herramienta, un
arma, que permite mantener separados. (Anitua, 2019, p. 243)
Claramente,
se identifica una visión de política pública que lejos de buscar soluciones
reales, finalizan por ser utilizadas como herramientas de separación más que de
trasformación. En pocas palabras, en lugar de enfrentar las causas de los
conflictos sociales se dirigen a gestionar a quienes son definidos como riesgo,
procediendo a un encierro simbólico o físico.
Por
lo cual, el castigo deja de ser un medio para generar justicia y se convierte
en un fin operativo, que desde la eficiencia sostiene un orden aparente, pero
incapaz de sostenerlo. Desde esta visión, el enfoque punitivo no propone una
sociedad más equitativa y segura, sino que genera un sistema que margina sin
preguntar, y controla sin comprender la génesis del delito y como debe de
prevenirse. Y ese problema identificado, cuando se institucionaliza como
política pública, no solo se encarga de seguir debilitando la convivencia, a la
vez, se desaparece la confianza de construir soluciones humanas y balanceadas.
·
Enfoque
restaurativo
No
todo lo que relacione con el fenómeno delictivo puede y debe ser abordado
exclusivamente bajo un enfoque punitivo. Por ello, es que en la actualidad
surge con fuerza el enfoque restaurativo; en palabras sencillas, este método
busca reconstruir los lazos dañados por el delito, promover la reparación del
daño y crear procesos de trasformación personal y comunitaria.
Es
un hecho que la justicia restaurativa no sustituye al sistema penal, pero lo
complementa desde la trasformación humanística. Integrar esta visión en las
políticas públicas implica un cambio profundo en la forma en que el Estado
entiende su función frente a la criminalidad; esto quiere decir que, se tiene
que dejar de ver el delito como la acción a castigar, y comenzar a tratarlo
como una ruptura humana que necesita ser restaurada, siempre y cuando sean estos
delitos menores.
A continuación, pueden observar un vídeo breve sobre la esencia del enfoque restaurativo:
Vídeo 1:
Mediación comunitaria con enfoque restaurativo – SNFJ (CONAMAJ, 2023).
Implementar
el enfoque restaurativo como parte de la política pública también le permite al
Estado analizar diferentes propuestas, no como un ente sancionador, sino como
un facilitador de condiciones para el reencuentro, la dignidad y la reparación.
Y, para ello, se necesita de una inversión en recurso humano, capacitación,
espacios seguros para el diálogo, redes comunitarias activas y mucha voluntad
política que vea lo restaurativo como algo más que una alternativa marginal.
Por
consiguiente, adoptar el enfoque restaurativo en el diseño de las políticas
públicas no se concentra solo en idea técnica, sino es una postura ética al reconocer
que el castigo por sí solo no repara, y que una sociedad más segura se
desarrolla cuando ven con prioridad elementos vitales como, el escuchar,
generar vínculos y la posibilidad de cambiar.
Referencia
Anitua,
G. I. (2019). Seguridad pública en Latinoamerica. Homenaje a Lola Aniyar de
Castro (1937-2015). Utopía y Praxis Latinoamericana, 24 (2), pp.
239-251. https://doi.org/10.5281/zenodo.3344930
Battistessa,
D. (2025). La herramienta que intenta desvelar los feminicidios en
Latinoamérica que las estadísticas oficiales no muestran. EL PAÍS. https://shre.ink/eQ5L
CONAMAJ.
(2023). Mediación comunitaria con enfoque restaurativo. [Vídeo 1,
YouTube]. https://youtu.be/dIxrmtQpM0U?si=pRY6EY93RQYTuIus
Ministerio
de Educación. (2018). Enfoque restaurativo en el ámbito educativo.
[Ilustración 5]. https://shre.ink/ekHk
Silva
García, G., Viscaíno Solano, A. y Ruiz-Rico Ruiz, G. (2018). El objeto de
estudio de la criminología y su papel en las sociedades latinoamericanas. Utopía
y Praxis Latinoamericana, 23 (1), pp. 11-31. https://doi.org/10.5281/zenodo.1462064



